¿Qué es la PROSOC en CDMX?

Esta dependencia solo aplica para la Ciudad de México, es decir, en el Estado de México y los otros 30 Estados de la República junto con sus municipios tienen su institución interna según la Ley de Propiedad en Condominio de cada entidad para llevar a cabo todo lo relacionado a quejas y procedimientos de los propietarios que viven bajo el Régimen de Propiedad en Condominio.

La creación de la Procuraduría Social del Distrito Federal fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1989, como una instancia accesible a los ciudadanos de la Ciudad de México, a fin de coadyuvar a que los actos de la autoridad y la prestación de los servicios públicos y las entidades.

Fue hasta el 15 de diciembre de 1993 cuando se pública en el Diario Oficial que PROSOC tiene las facultades para el registrar y dar nombramiento de los administradores y dirimir las controversias condominales por la vía conciliatoria.

En su estructura cuenta con una Subprocuraduría orientada y dirigida a los procedimientos relativos a la atención condominal a los propietarios de condominios que estén constituidos bajo el Régimen de Propiedad en Condominio.

También cuenta con una Subdirección de Sanciones y Medidas de Apremio, una Jefatura de Certificación, una Jefatura de Procedimientos y Aplicación de Sanciones entre otras.

Otros servicios que también tiene Prosoc es registrar el condominio, el reglamento interno y certificar a  los administradores.   

La función de la Prosoc es ser una estancia de conciliación y mediación en los conflictos sociales desarrollados en los Condominios y Unidades Habitacionales populares; con el objetivo de apoyar para una convivencia sana y segura de los habitantes en un condominio.

La procuraduría social recibe quejas condominales de diferentes situaciones, por ejemplo: Invasión de áreas comunes, ruido excesivo por reuniones frecuentes que el administrador no soluciona, adeudos de cuotas de mantenimiento ordinarias y/o extraordinarias, vecinos conflictivos entre muchas otras.

Cada alcaldía cuenta o debe contar con una oficina desconcentrada para atender las quejas condominales.

Cabe mencionar que a partir de la pandemia del 2020 las oficinas desconcentradas se redujeron, fusionándose para atender a más de una alcaldía en una sola oficina.


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